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Parte de los cambios introducidos afectan a la circulación por autopistas y autovías. En determinados tramos de este tipo de vías y si las condiciones son óptimas, se podrá llegar a la velocidad máxima de 130 kilómetros por hora, mientras que hasta ahora no se permitía circular a una velocidad que excediera los 120 kilómetros por hora.
Sin embargo, en carreteras convencionales con un arcén de 1,5 metros en las que en la actualidad se puede viajar a 100 kilómetros por hora máximo, la velocidad se reduce a 90.
Por otro lado, Tráfico prevé que en carreteras convencionales con una anchura de 6,5 metros y que cuenten con una línea longitudinal que separe ambos sentidos, la velocidad límite sea de 70 kilómetros por hora. Si no existe línea, el máximo se sitúa en 50.
El borrador del Reglamento también contempla que en vías urbanas y travesías de un solo carril y sentido único de circulación o con un carril por sentido la velocidad se rebaje a 30 kilómetros por hora.
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